Desde el pasado 30 de julio, el Cabildo capitalino está llevando a cabo operativos y controles a los conductores que excedan los 50 kilómetros por hora en la urbe quiteña. Estos conductores podrían ser privados de su libertad. Danny Gaibor, ex director de la Agencia Metropolitana de Tránsito, considera que los radares móviles deberían utilizarse en vías donde realmente se registre una gran siniestralidad. Añadió que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, establece que debe existir en las diferentes avenidas de la urbe la respectiva señalización de los controles de velocidad, y no pueden estar ocultos bajo ninguna circunstancia. Varios conductores consultados emitieron opiniones diversas al respecto. Según el artículo 386 del código orgánico integral penal, aquellos conductores que excedan los límites de velocidad fuera del rango moderado serán sancionados con una pena privativa de libertad de tres días, una multa de un salario básico unificado y la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir.
Autor: Cesar Paredes





