La figura permaneció en el ordenamiento jurídico ecuatoriano hasta el 2008, año en el que una Asamblea Constituyente promulgó nuestra actual Carta Magna, que eliminó el contrato por horas. Pero ¿por qué fue suprimida esa modalidad contractual?, el abogado consultado explicó que fue usada con abusos y no existió una regulación eficaz. Sin embargo, cree que no es acertado satanizar esa forma de trabajo, ya que permitirá la competitividad y contendrá el desempleo, si se establecen parámetros adecuados. Afirma que no atentaría contra el derecho a la seguridad social, a la estabilidad y a una indemnización en caso de despido intempestivo, ya que nuestras normas así lo establecen; incluso, considera que no existirán reparos en los pagos, ya que serán calculados partiendo de la remuneración básica vigente como base.
Nota: Alfonso Reyes Cruzatty