
La Familia Morán Oviedo hizo circular este boletín de prensa, en donde se detalla las acciones a tomar antes las amenazas recibidas a los miembros de su hogar.
Ante las amenazas recibidas a la familia Moran Oviedo, por varios medios como mensajes, correos, llamadas, redes sociales, que pueden afectar la integridad física de la familia, como el matrimonio de Jessica Dayana Morán Oviedo que está a días de realizarse, convocamos a ustedes a este comunicado de prensa, que se llevará a cabo en el Hotel Hilton Colón, ubicado en la Av. Amazonas y Patria, en el Salón Fernandino, en el segundo piso, el día miércoles 27 de junio del 2018, a las 10h15 am. En dicho acto, el equipo de abogados de la familia hará la explicación de todos los mecanismos que se van a realizar para determinar quién son las o los responsables de esta lamentable situación y recaiga sobre ellos el peso de la ley.
Es importante indicar, que para efectos jurídicos que ayuden a determinar los posibles responsables que estarían inmersos en el tipo penal contemplado en el Art. 154 del Código Orgánico Integral Penal: “Intimidación: la persona que amenace o intimide a otra con causar un daño que constituya delito a ella, a su familia, a personas con las que este íntimamente vinculado, siempre que, por antecedentes aparezca verosímil la consumación del hecho, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.”. Ante lo expuesto, nos vemos en la obligación de aportar con pruebas necesarias y contundentes, a fin de que se inicie la debida indagación previa y su pronta Instrucción Fiscal.
Vamos a solicitar a la Fiscalía General del Estado que se dé inicio con la referida investigación, y con la ayuda de los miembros especializados de la Policía Judicial, se verificará y validará la trazabilidad de los mensajes de texto enviados a la Familia Moran Oviedo, desde un teléfono desconocido.
Todas las personas tenemos Derechos, tal como lo manifiesta el Capitulo Sexto de la Constitución de la República del Ecuador específicamente en lo pertinente: Derechos de libertad, consagrados en el “Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas (…) 18. El Derecho al Honor y al buen nombre. La ley protegerá la imagen y la voz de la persona (…) 20. El derecho a la intimidad personal y familiar.”

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